Ejercicios oposiciones Administradores Generales
🎓 Curso de preparación de oposiciones para acceder al CUERPO SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN, ESPECIALIDAD ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
Séptima. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.
1.De conformidad con lo previsto en el artículo 111, apartado 6, de la Ley 5/2023, de 7de junio, en relación con el artículo 14, apartado 6, del Decreto 51/2025, de 24 de febrero, y teniendo en cuenta la conexión entre el tipo de pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo convocados, el sistema selectivo de las personas aspirantes será el de oposición.
2.El proceso selectivo constará de dos ejercicios. La calificación final del procesoselectivo no podrá superar los 180 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en los dos ejercicios de que consta la oposición.
En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá aplicando sucesivamente y hasta donde resulten necesarios, los siguientes criterios de desempate:
a)Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
b)Mayor puntuación obtenida en la tercera parte de carácter práctico del primerejercicio.
c)Mayor número de respuestas correctas en el conjunto de la segunda y terceraparte del primer ejercicio.
d)Menor número de respuestas incorrectas en el conjunto de la segunda y terceraparte del primer ejercicio.
e)Finalmente, en caso de que el empate persista entre personas de diferente sexo, seresolverá a favor de la persona aspirante que en el cuerpo y especialidad sea de un sexo que se encuentre especialmente subrepresentado, de acuerdo con los datos actualizados del Índice de Presencia Relativa de Hombres y Mujeres.
2.1. Primer ejercicio.
Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio.
El tiempo concedido para la realización de este ejercicio, compuesto de tres partes, será de 210 minutos.
La calificación final del ejercicio no podrá superar los 150 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la segunda y tercera parte del ejercicio.
2.1.1. La primera parte tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en resolver por escrito un cuestionario propuesto por la comisión de selección para la valoración de competencias de comprensión verbal, numérica y abstracta, que contendrá 27 preguntas tipo test, pudiendo ser algunas de ellas preguntas inversas y de control, 25 de ellas ordinarias y evaluables y 2 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Para la realización de este cuestionario la comisión de selección contará con la asistencia de personal especialista designado a tal efecto.
Esta parte del ejercicio se calificará como «Apto» o «No apto». Obtendrán la calificación de «Apto» las personas aspirantes que alcancen, mediante la fórmula indicada a continuación, una puntuación mínima de 12 puntos. La puntuación numérica obtenida en esta parte se utilizará exclusivamente para determinar la calificación de «Apto» o «No apto» y no se incorporará a la calificación del primer ejercicio ni a la calificación final del proceso selectivo. Cada acierto se valorará con 1,20 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
Para cada aspirante, la puntuación de la primera parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:
Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.
Esta primera parte del ejercicio podrá ser común a otros cuerpos y especialidades, pudiendo convocarse a su realización el mismo día y hora con el fin de garantizar los principios de agilidad y eficacia.
2.1.2. La segunda parte tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter teórico elaborado por la comisión de selección, adecuado a las funciones propias del cuerpo y especialidad convocado, que contendrá 110 preguntas tipo test, 100 de ellas ordinarias y evaluables y 10 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa de materias del cuerpo y especialidad convocado, referido en el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el Anexo II de la presente resolución, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 120. La puntuación necesaria para superar esta parte será 48 puntos.
Cada acierto se valorará con 1,20 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
Para cada aspirante, la puntuación de cada parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:
Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.
2.1.3. La tercera parte tendrá carácter obligatorio y eliminatorio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de carácter práctico elaborado por la comisión de selección adecuado a las funciones propias del cuerpo y especialidad convocado y relacionado con el programa de materias aprobado, que contendrá 28 preguntas tipo test, 25 ordinarias y evaluables y 3 de reserva, todas con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Las preguntas versarán sobre el contenido del programa de materias del cuerpo y especialidad convocado, referido en el apartado 6 de la base primera, conforme a la normativa vigente el día de publicación de la convocatoria en el BOJA, y que consta en el Anexo II de la presente resolución, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.
Esta parte del ejercicio se valorará con una puntuación de 0 a 30. La puntuación necesaria para superar esta parte será 12 puntos.
Cada acierto se valorará con 1,2 puntos y cada contestación errónea se penalizará con un tercio del valor de una respuesta acertada.
Para cada aspirante, la puntuación de cada parte de su ejercicio será la correspondiente de aplicar la siguiente fórmula:
Puntuación = V*[A-(E/3)], donde V es el valor de cada acierto, A es el número de preguntas evaluables acertadas y E el número de preguntas evaluables erróneas.
2.1.4. La puntuación final del primer ejercicio será la suma de las puntuaciones obtenidas en la segunda y tercera parte, hasta un máximo de 150 puntos. Para superar el ejercicio será necesario obtener la calificación de «Apto» en la primera parte y alcanzar, al menos, 48 puntos en la segunda parte y 12 puntos en la tercera parte.
Únicamente serán convocados a la realización del segundo ejercicio un número máximo de personas equivalente a las plazas a cubrir incrementado en un 100%, de entre aquellas personas aspirantes que hayan superado el primer ejercicio conforme a la puntuación obtenida, pudiendo ser superado este número únicamente en caso de empates.
A estos efectos, en el cálculo del número de plazas a cubrir se adicionarán al número de plazas establecido en el apartado 1 de la base primera el número de plazas adicionales establecido en el apartado 2 de la referida base primera.
Las personas aspirantes que no figuren en esta relación tendrán la consideración de suspensas y en ningún caso serán convocadas al segundo ejercicio de la oposición, finalizando así su participación en el proceso.
El primer ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.
2.1.5. Celebrado el examen, si la comisión de selección debiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo acuerdo la sustitución de las anuladas, a efectos de su evaluación por otras tantas de reserva, por su orden.
2.1.6. Tras la realización del ejercicio, la comisión de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma de manera exclusivamente electrónica, accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de
forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepalegaciones. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte de la comisión de selección se hará pública con la lista provisional de personas que han superado el ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.
Una vez aprobada la plantilla definitiva, si esta no alcanzara el número total de preguntas evaluables, y a fin de garantizar que las personas aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, la comisión de selección correspondiente adaptará la valoración de cada acierto prevista en los párrafos precedentes de este apartado.
Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones presentadas son recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas que superan el primer ejercicio.
2.1.7. Tras ser acordada la plantilla definitiva y corregido el ejercicio, la comisión de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista provisional de personas que han superado el primer ejercicio conforme a los requisitos establecidos en los apartados 2.1.1, 2.1.2, 2.1.3 y 2.1.4 de la presente base, ordenada alfabéticamente.
Contra esta lista provisional podrán presentarse alegaciones de manera exclusivamente electrónica en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de su publicación, referidas a posibles discrepancias en la corrección automatizada del ejercicio entre las respuestas consignadas en la hoja de examen por la persona participante y la calificación otorgada en la referida lista provisional. Durante ese mismo plazo se realizará el trámite de vista del expediente accediendo a la dirección web https://ws168.juntadeandalucia.es/vistasexpediente/.
La presentación de las alegaciones se realizará de manera electrónica accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web
https://lajunta.es/oepalegaciones.
Finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior la comisión de selección hará pública, en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista definitiva de personas, ordenada alfabéticamente, que han superado el ejercicio tras alcanzar las puntuaciones mínimas requeridas. La publicación de la lista definitiva servirá de respuesta a las alegaciones presentadas a la lista provisional y surtirá los efectos de notificación a efectos de impugnaciones y recursos. Asimismo, se hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista de personas aspirantes convocadas a la realización del segundo ejercicio, conforme a lo dispuesto en el apartado 2.1.4 de la presente base.
2.2. Segundo ejercicio.
Tendrá carácter obligatorio y eliminatorio y consistirá en desarrollar por escrito, durante un tiempo máximo de 90 minutos, un tema elegido por cada aspirante de entre dos extraídos al azar, de los comprendidos en el programa de materias del cuerpo y especialidad correspondiente al que hace referencia el apartado 6 de la base primera y que consta en el Anexo II de la presente resolución, tal como se indica en el cuadro que figura en el apartado 1 de dicha base.
Este ejercicio se calificará de 0 a 30 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 15 puntos para superar la prueba.
El ejercicio será leído por cada aspirante en sesión pública ante la comisión de selección, valorándose los conocimientos, la claridad y orden de ideas y la calidad de la expresión escrita, así como su forma de presentación y exposición.
El orden de actuación de las personas aspirantes se iniciará de conformidad con el orden alfabético que consta en el Anexo IV de la presente resolución.
Corregido el segundo ejercicio, la comisión de selección hará pública en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista provisional de personas que superan el ejercicio, ordenada alfabéticamente.
Contra esta lista provisional podrán presentarse alegaciones de manera exclusivamente electrónica en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del día siguiente al de
su publicación. Durante ese mismo plazo se realizará el trámite de vista del expediente accediendo a la dirección web
https://ws168.juntadeandalucia.es/vistasexpediente/
La presentación de las alegaciones se realizará accediendo a la Sede Electrónica del Empleo Público o, de forma directa, en la dirección web https://lajunta.es/oepalegaciones.
Finalizado el plazo previsto en el párrafo anterior la comisión de selección hará pública, en la Sede Electrónica del Empleo Público la lista definitiva de personas que superan el ejercicio, ordenada alfabéticamente, que servirá de respuesta a las alegaciones presentadas a la lista provisional y surtirá los efectos de notificación a efectos de impugnaciones y recursos.
Con el fin de respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir el acceso al empleo público, el órgano de selección deberá publicar, en la Sede Electrónica del Empleo Público y con una antelación mínima de diez días hábiles a la realización de la prueba, los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.
Realizado el segundo ejercicio, la comisión de selección publicará en la Sede Electrónica del Empleo Público, con carácter previo al inicio de las lecturas por parte de las personas opositoras, las rúbricas correspondientes a los dos temas extraídos en el sorteo, las cuales no serán de aplicación ni tendrán carácter vinculante para convocatorias posteriores.
En dichas rúbricas se concretará la aplicación de los criterios de corrección, distribuyendo la comisión de selección la puntuación máxima de cada tema entre sus epígrafes, sin que el valor asignado a los distintos epígrafes tenga que ser el mismo.
3.Contra la lista definitiva de personas que superan cada ejercicio se podrá interponerrecurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme a lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace
https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/REC_SGAP
4.Los ejercicios se realizarán en Sevilla y el primer ejercicio no se celebrará antes del1 de diciembre de 2026.
No obstante lo anterior, en el supuesto de que se declare una situación de alerta sanitaria u otro acontecimiento extraordinario que imposibilitara la realización del ejercicio de forma centralizada, se procedería a descentralizar el proceso asignándole a la persona aspirante la provincia correspondiente al domicilio que haya señalado en su solicitud de participación. Si la persona participante no tuviera domicilio en Andalucía, el lugar de realización del primer ejercicio será Sevilla.
En virtud de la habilitación contenida en el artículo 2 de los Decretos 275/2024, de 26 de diciembre, y 214/2025, de 23 de diciembre, por los que se aprueban las Ofertas de Empleo Público para los años 2024 y 2025, respectivamente, los primeros ejercicios correspondientes a diferentes cuerpos, especialidades o categorías profesionales se podrán convocar el mismo día y hora, con el fin de garantizar los principios de agilidad y eficacia.
5.El lugar, fecha y hora del segundo ejercicio de la oposición se publicará en la SedeElectrónica del Empleo Público.
6.Para cada ejercicio y su lectura se convocará a quienes se vayan a examinar encada uno de los ejercicios en llamamiento único y se excluirá a quienes se personen en los lugares de celebración una vez iniciadas las pruebas o por inasistencia a la sede donde hayan sido convocadas, sin perjuicio de lo dispuesto en los apartados 10 y 11 de la presente base.
Las personas aspirantes se identificarán en el momento del llamamiento mostrando su DNI, NIE, pasaporte o carnet de conducir vigentes. Asimismo, antes del inicio de cada ejercicio, y siempre que se estime conveniente durante su desarrollo, las personas que integren la comisión de selección y el personal ayudante o asesor comprobarán la identidad de las personas admitidas, mediante alguno de los documentos de identificación indicados.
Queda prohibida en todo caso la entrada al aula y puesto de examen con teléfono móvil o, en general, cualquier dispositivo electrónico conectado a datos, a excepción de los dispositivos que, por cuestión de salud, la persona requiera y comunique con carácter previo.
Las personas aspirantes deberán observar en todo momento las instrucciones de las personas integrantes de la comisión de selección o del personal ayudante o asesor, en orden al adecuado desarrollo de los ejercicios. La no sujeción a tales reglas oinstrucciones, así como cualquier alteración en el normal desarrollo de las pruebaspor parte de alguna persona aspirante quedará reflejada en el acta correspondiente, adoptando el órgano de selección la decisión correspondiente.
Durante la realización de los ejercicios quedan totalmente prohibidas las acciones fraudulentas dirigidas a la superación de los mismos y, en particular, el uso de dispositivos móviles o aparatos electrónicos conectados a datos, así como la comunicación entre personas opositoras y de estas con el exterior. Cuando se aprecie por el personal colaborador la realización por alguna persona aspirante de una conducta prohibida, se pondrán los hechos en conocimiento de la comisión de selección a fin de que esta determine lo procedente, debiendo reflejarse en el acta lo ocurrido. La comisión de selección, a la vista de la información y documentación recibida y después de realizar las comprobaciones que se estimen pertinentes, adoptará el acuerdo correspondiente. En caso de que la comisión estime acreditada la realización de la conducta prohibida, se acordará la exclusión definitiva de la persona afectada, anulándose el ejercicio realizado y considerándose que no se ha completado el proceso selectivo.
7. Competencias en el manejo de las tecnologías informáticas y de telecomunicaciones.
Antes de la publicación de la relación de personas propuestas para ser nombradas personal funcionario, las personas aspirantes deberán acreditar estar en posesión de las competencias digitales que pongan de manifiesto el manejo de las tecnologías informáticas y de telecomunicaciones, de conformidad con lo expuesto en los apartados siguientes.
7.1. La acreditación de competencias en el manejo de las tecnologías informáticas y de telecomunicaciones se llevará a cabo, mediante la presentación de la certificación oficial expedida por la Agencia Digital de Andalucía, previa superación de la correspondiente prueba oficial a través del programa Certifica, que permite evaluar las competencias según el marco europeo DigComp, sin perjuicio de las incidencias técnicas o circunstancias excepcionales que pudieran afectar a su emisión, obtención o comprobación, en cuyo caso el órgano convocante podrá establecer sistemas alternativos para la acreditación de las competencias o, excepcionalmente, acordar la dispensa de dicha acreditación cuando concurran circunstancias que lo justifiquen.
7.2. Mediante resolución de la persona titular de la Dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública se habilitará un plazo de cinco días hábiles para que las personas aspirantes presenten de manera electrónica la documentación acreditativa de dichas competencias digitales.
8.Finalizado el proceso de selección, el órgano de selección hará pública en laSede Electrónica del Empleo Público la relación definitiva de personas aprobadas en la oposición por orden de puntuación. En ella constarán las calificaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios y será elevada propuesta de nombramiento como personal funcionario de carrera al órgano competente en materia de Función Pública.
Contra la lista de personas aprobadas en la oposición podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se haga pública, de conformidad con los artículos 121 y siguiente de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. La presentación del citado recurso de alzada ha de realizarse de forma exclusivamente electrónica, conforme lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley 5/2023, de 7 de junio, en el siguiente enlace
https://veaja.cloud.juntadeandalucia.es/inicio/procedimiento-detalle/REC_SGAP
9.La comisión de selección no podrá declarar que ha superado el proceso selectivoun número superior de personas aspirantes al de plazas convocadas, ello sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 7 de la base octava.
10.En el supuesto de que alguna de las aspirantes no pudiera completar el procesoselectivo a causa de parto o embarazo de alto riesgo, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada a la superación de las pruebas que hayan quedado aplazadas. La realización de las pruebas no podrá demorarse más de 45 días hábiles desde el llamamiento previsto en la presente base de manera que no se menoscabe el derecho del resto de las personas aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por la comisión de selección, debiendo realizarse las pruebas, en todo caso, antes de la publicación de la lista de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.
11.En el supuesto previsto en el apartado anterior, las pruebas se aplazarán por unasola vez y quedarán decaídas en sus derechos quienes no comparezcan, considerándose que no han completado la oposición. Las personas aspirantes que soliciten acogerse a estos supuestos deberán dirigir solicitud electrónica a la persona titular de la dirección del Instituto Andaluz de Administración Pública, y acompañar a dicha solicitud la documentación acreditativa de la imposibilidad de acudir al llamamiento y celebración de las pruebas de las que consta la oposición.

