Requisitos Agentes de Hacienda
Requisitos 12Agentes de Hacienda
4.Las personas aspirantes deberán poseer al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como
funcionarios/as de carrera, además de los enumerados en el apartado Décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, los siguientes requisitos:
4.1 Nacionalidad española, de acuerdo con el Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus
Organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
4.2 Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
4.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller o Técnico. Asimismo, se estará a lo establecido en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea. En el caso del personal funcionario que concurra a la convocatoria de promoción interna, según lo previsto en la disposición adicional novena del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se podrá poseer, en lugar de la titulación, una antigüedad de diez años en cuerpos o escalas del subgrupo C2 de la Administración General del Estado, o de cinco años y haber superado el curso específico de formación.
4.4 Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.
4.5 Las personas aspirantes que concurran a la convocatoria por promoción interna deberán cumplir, además, los siguientes requisitos:
a) Pertenecer, como personal funcionario de carrera o como personal laboral fijo a alguno de los siguientes colectivos:
– Personal funcionario: Pertenecer como funcionario/a de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.
– Personal laboral fijo: Pertenecer a las categorías de Técnico/a 1.º recaudación o Técnico/a 1.º administrativa y tributaria del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
b) Haber prestado servicios efectivos durante, al menos, dos años:
– Como personal funcionario de carrera en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C2, o en Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
– Como personal laboral fijo en las categorías de Técnico/a 1.º recaudación o Técnico/a 1.º administrativa y tributaria, computándose dentro de la primera los períodos correspondientes a los servicios efectivos prestados en las anteriores categorías de Jefe/a ejecutivo/a y Agente ejecutivo/a, y dentro de la segunda los servicios prestados en las anteriores categorías de Agente tributario/a y Oficial 1.º administrativo/a del Grupo Profesional 3 del IV Convenio colectivo del personal laboral de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.