Exclusiones médicas de Bomberos Ayuntamiento
Exclusiones médicas de Bomberos Ayuntamiento
CUERPO DE BOMBEROS AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIONES
AYUNTAMIENTO DE GRANADA.
BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE 11 PLAZAS DE BOMBEROS/AS, GRUPO C, SUBGRUPO C1, DE LA ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA SERVICIOS ESPECIALES, CLASE EXTINCIÓN DE INCENDIOS MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICIÓN LIBRE.
CUADRO DE EXCLUSIONES MÉDICAS
1. APTITUDES GENERALES
1.1 PESO
No presentar obesidad o delgadez manifiesta que dificulte o incapacite para el ejercicio de las funciones propias del cargo. Índice de masa corporal (IMC) no inferior a 18.5 ni superior a 29.9, considerando el IMC como la relación resultante de dividir el peso de la persona expresado en kilos entre el cuadrado de la talla expresado en metros. En los/as aspirantes que posean un IMC comprendido entre 25 y 29.9, ambos inclusive, se realizará una medición del perímetro abdominal. Este perímetro no será superior, en ningún caso, a 98 cm en los hombres o a 85 cm en las
mujeres.
1.2. DINAMOMETRÍA
– Hombres: 45 kg fuerza en la mano dominante y 40 kg en la otra mano
– Mujeres: 25 kg fuerza en mano dominante y 20 kg en la otra mano en Mujeres
1.3 CAPACIDAD RESPIRATORIA
No presentar disminución por debajo del 80% de lo estimado normal para sus características físicas y sexo en los siguientes marcadores:
– Capacidad vital Forzada
– Flujo de Volumen espirado en primer segundo (FEV1)
– Índice de Tiffeneau (FEV1/FVC)
1.4 AGUDEZA VISUAL
Sin corrección óptica, la agudeza visual lejana no debe ser inferior a los dos tercios en uno de los ojos, siendo necesario obtener en el ojo contrario la máxima agudeza visual.
1.5 AGUDEZA AUDITIVA
La agudeza auditiva no podrá suponer una pérdida auditiva mayor o igual a 25 decibelios en las frecuencias comprendidas entre 500 y 6000 hercios (sin audífono).
2. APTITUDES ESPECÍFICAS
Se considerarán no aptas para el trabajo de Bombero/a aquellas personas afectadas de procesos infecciosos, neoplásicos, degenerativos, traumáticos, metabólicos, congénitos o de cualquier naturaleza que ocasionen alteraciones significativas del estado físico, funcional o psíquico, de carácter irreversible y que condicione la evolución del proceso a cualquiera de las siguientes situaciones:
1.
Pérdida de la capacidad laboral para la realización de las tareas propias del puesto de trabajo
2.
Deterioro del proceso patológico debido a la actividad laboral
3.
Ser causa de riesgo significativo para la seguridad de las personas
2.1 APARATO VISUAL
Además de los requisitos mínimos establecidos en cuanto a la Agudeza visual, es preciso no presentar:
– Desprendimiento de retina
– Patología retiniana degenerativa
– Hemianopsias y alteraciones campimétricas
– Discromatopsias
– Presión intraocular elevada
– Baja resistencia al deslumbramiento
– Estrabismo
– Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulte de manera importante la agudeza visual
2.2 APARATO AUDITIVO
Cualquier otro proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulte de manera importante la agudeza auditiva.
2.3 APARATO DIGESTIVO
– Cirrosis hepática
– Hernias abdominales o
Pacientes gastrectomizados/as, colostomizados/as o con secuelas postquirúrgicas que produzcan trastornos funcionales
– Enfermedad inflamatoria intestinal (enfermedad de Crhon o colitis ulcerosa)
– Cualquier otro proceso digestivo que a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulte el desempeño del puesto de trabajo
2.4 APARATO CARDIOVASCULAR
– Hipertensión arterial, no debiendo sobrepasar en reposo los 140 mm/Hg de presión sistólica y los 90 mm/Hg de presión diastólica
– Insuficiencia venosa periférica
– Trastornos del ritmo o de la conducción cardiaca, extrasístoles ventriculares, bloqueo de rama derecha, bloqueo de rama izquierda, bloqueo auriculoventricular de segundo y tercer grado y bradicardia sintomática
– Enfermedades orgánicas congénitas o adquiridas de corazón o grandes vasos corregidas o no
– Insuficiencia Cardiaca primaria o secundaria
– Cualquier otra patología o lesión cardiovascular que a juicio de los/as facultativos/as médicos/as puedan limitar el desempeño del puesto de trabajo
2.5 APARATO RESPIRATORIO
– Asma bronquial
– Enfermedad pulmonar obstructiva crónica
– Neumotórax espontáneo recidivante.
– Síndrome de apnea obstructiva del sueño.
– Otros procesos del aparato respiratorio que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulten el desarrollo de la función de bombero/a
2.6 APARATO LOCOMOTOR
Alteraciones del aparato locomotor que limiten o dificulten el desarrollo de la función de bombero/a, o que puedan agravarse, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, con el desempeño del puesto de trabajo: patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares.
2.7 PIEL Y FANERAS
– Cicatrices que produzcan limitación funcional
– Enfermedades dermatológicas que produzcan limitación funcional.
– Otros procesos patológicos que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulten o limiten el desarrollo de la función de bombero/a
2.8 SISTEMA NERVIOSO
– Epilepsia
– Migraña
– Cualquier grado de hiposmia.
– Parkinson.
– Esclerosis múltiple.
– Otros procesos patológicos que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulten o limiten el desarrollo de la función de bombero/a
2.9 TRASTORNOS PSIQUIÁTRICOS
– Depresión.
– Trastornos de la personalidad y de la conducta.
– Psicosis.
– Alcoholismo, consumo de sustancias ilegales y psicofármacos.
– Otros procesos patológicos que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulten o limiten el desarrollo de la función de bombero/a.
2.10 APARATO ENDOCRINO
Otros procesos patológicos que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulten o limiten el desarrollo de la función de bombero/a.
2.11 SISTEMA INMUNITARIO Y ENFERMEDADES INFECCIOSAS
– Enfermedades transmisibles en actividad
– Enfermedades inmunológicas sistémicas
– Otros procesos patológicos que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, dificulten o limiten el desarrollo de la función de bombero/a
2.12 SISTEMA HEMATOPOYÉTICO
Serán causa de exclusión los trastornos de coagulación, anemias y síndromes mieloproliferativos.
2.13 PARÁMETROS ANALÍTICOS
Las anomalías analíticas no incluidas en la patología anteriormente citada se considerarán excluyentes cuando la desviación de los valores medios sea de nivel moderado o intenso.
2.14 PATOLOGÍAS DIVERSAS
– Cualquier enfermedad, síndrome o proceso patológico que, a juicio de los/as facultativos/as médicos/as, limite o incapacite al aspirante para el ejercicio de la función de bombero/a.
– Para los diagnósticos establecidos en este cuadro de exclusión, se tendrán en cuenta los criterios de las sociedades médicas de las especialidades correspondientes. Todas estas exclusiones se garantizarán con las pruebas complementarias necesarias para el diagnóstico.